jueves, 4 de enero de 2024

EL VATICANO ADVIERTE A LOS OBISPOS QUE NO PUEDEN PROHIBIR LAS BENDICIONES A PAREJAS DE SODOMITAS

 Tucho el repugnante


DICE QUE LOS AFRICANOS SE OPONEN POR RAZONES CULTURALES

Doctrina de la Fe advierte a los obispos que no pueden prohibir a los sacerdotes bendecir las uniones pecaminosas

El Dicasterio para la Docrtina de la Fe ha pasado en algo menos de tres años de prohibir totalmente la bendición de parejas homosexuales e irregulares a advertir a los obispos que no pueden prohibir a los sacerdotes que den dichas bendiciones. Y además desprecia a los obispos africanos sugiriendo que su oposición es debido a factores culturales y no a su comprensión de la Escritura, la Tradición y el Magisterio bimilenario de la Iglesia.


(InfoCatólica) El Dicasterio para la Doctrina de la Fe a hecho público un comunicado de prensa sobre la recepción de «Fiducia supplicans»

El Dicasterio insiste en que Fiducia Supplicans «contiene la propuesta de bendiciones pastorales breves y simples (no litúrgicas ni ritualizadas) de parejas irregulares (no uniones), subrayando que se trata de bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en la que se encuentran estas personas».

Es decir, tanto el cardenal Victor Manuel Fernández como Mons. Armando Mateo, firmantes de la nota de prensa, pretenden que se bendice a la pareja y no su unión. Lo cierto es que si hay pareja es porque hay unión, y por tanto, pecado.

En marzo del año 2021, el mismo dicasterio publicó un responsum asegurando que la Iglesia no tiene poder para impartir la bedición a las uniones homosexuales y al resto de uniones homosexuales, con la siguiente argumentación:

En consecuencia, para ser coherentes con la naturaleza de los sacramentales, cuando se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas se necesita —más allá de la recta intención de aquellos que participan— que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia, en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor. Por tanto, son compatibles con la esencia de la bendición impartida por la Iglesia solo aquellas realidades que están de por sí ordenadas a servir a estos designios.

Por este motivo, no es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión de la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo

A pesar de ello, el comunicado de prensa asegura que «no habría espacio para distanciarse doctrinalmente de esta Declaración o considerarla herética, contraria a la Tradición de la Iglesia o blasfema».

Doctrina de la Fe va más allá y advierte que los obispos no pueden cumplir lo indicadopor dicho dicasterio hace casi tres años, y por tanto no pueden prohibir totalmente a los sacerdotes realizar las bendiciones:

Cada Obispo local, en virtud de su propio ministerio, tiene siempre la facultad de discernir in loco, es decir, en ese lugar concreto que conoce más que los demás porque es su rebaño. La prudencia y la atención al contexto eclesial y a la cultura local podrían permitir diferentes métodos de aplicación, pero no una negación total o definitiva de este camino que se propone a los sacerdotes.

Los africanos y su cultura

Refiriéndose claramente a la oposición de los obispos africanos, el texto de Doctrina de la Fe les falta al respeto al señalar que no admiten la bendición de parejas en pecado, no porque quieran ser fieles a lo que siempre ha enseñado la Iglesia, sino por razones culturales:

El caso de algunas Conferencias Episcopales debe entenderse en su contexto. En varios países hay fuertes cuestiones culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales que van más allá del corto plazo.

Tradución no oficial del comunicado de prensa del Dicasterio para la Doctrina de la Fe