martes, 28 de agosto de 2018

ARTÍCULO BLANDENGUE DE LA FSSPX SOBRE EL CAMBIO DOCTRINAL EN RELACIÓN CON LA PENA DE MUERTE

Resultado de imagen para fsspx, pagliarani, fellay, bouchacourt, de galarreta

Fuente: fsspx.news (comentarios en rojo de NP)

La crisis doctrinal está más viva que nunca

[Doble lenguaje: cualquiera es capaz de comprender que una cosa es afirmar que algo no ha muerto, y otra muy distinta es decir que algo está más vivo que nunca. La FSSPX habla de un modo a sus fieles hispanoparlantes, que son de línea más dura, y de otro a los angloparlantes, menos firmes. El título del artículo en inglés es "No Death to the Doctrinal Crisis", y debió ser traducido más o menos así: “La crisis doctrinal no ha muerto”. Ver acá la versión inglesa)]

A principios de este mes, el 2 de agosto de 2018, se publicó una enmienda al Catecismo de la Iglesia Católica (CIC). El texto, que tiene por objeto constituir un "avance" en la doctrina de la Iglesia sobre la pena de muerte, fue aprobado por el Papa Francisco el 18 de mayo de 2018.
Aunque varios comentaristas liberales, y algunos católicos conservadores, así como teólogos y clérigos han aprovechado la oportunidad para defender esta "aclaración" o "progreso", la cruda verdad es que este nuevo texto catequético parece [nótese este muy relevante e inaceptable “parece”, típico del nuevo estilo ambiguo, dubitativo, diplomático y débil de la Neo-FSSPX ] representar una división más en la serie de rupturas con la Tradición, que se han convertido en un sello distintivo del pontificado del Papa Francisco.
El Nuevo Texto
La traducción al español del CIC No. 2267 ahora dice lo siguiente: 
La Pena de Muerte
2267. Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común. Existe una creciente conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde incluso después de la comisión de crímenes muy graves. 

Además, ha surgido una nueva comprensión del significado de las sanciones penales impuestas por el Estado. Últimamente, sistemas más efectivos de detención han sido desarrollados, lo que asegura la debida protección de los ciudadanos, pero, al mismo tiempo, no priva definitivamente al culpable de la posibilidad de redimirse. La Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona, y se empeña con determinación por su abolición en todo el mundo. 

Un Análisis Más Detenido

Lo primero que llamará la atención a cualquier lector del CIC No. 2267 es su decreto apodíctico que afirma que "la pena de muerte es inadmisible" y que el único respaldo de esta declaración proviene de un discurso dado por el mismo Papa Francisco. Esto no resulta sorprendente, dado que ni Francisco ni los teólogos pertenecientes a la Congregación para la Doctrina de la Fe podrán encontrar en ninguna otra parte respaldo magisterial para esta nueva y audaz posición. Ni siquiera Juan Pablo II, el casi predecesor del Papa Francisco, quien siempre criticó abiertamente la pena de muerte, se atrevió a alterar el CIC para enseñar que esta forma de castigo es "inadmisible".
En segundo lugar, la integración del concepto discutible de la "dignidad de la persona" (dignidad humana) se utiliza una vez más como un pretexto para cambiar el curso doctrinal. Hace menos de un siglo, Pío XII declaró que "Incluso cuando se trata de la ejecución de un hombre condenado, el Estado no dispone del derecho a la vida del individuo. En este caso, está reservado al poder público privar al condenado del goce de la vida en expiación de su delito cuando, por su delito, ya se ha privado él mismo de su derecho a vivir." (Discurso para el Primer Congreso Internacional de Histopatología del Sistema Nervioso, 12 de septiembre de 1952). Es el individuo que cometió el crimen, y no el Estado, quien ha perdido su "derecho a la vida"; ahora, bajo el pretexto de la llamada "dignidad humana", aparentemente ningún hombre puede hacerlo, ni siquiera por su propia voluntad.
Por último, la siguiente parte del CIC No. 2267 interrumpe la continuidad del magisterio de la Iglesia, como se puede ver en dos ejemplos sorprendentes. Tomemos como primer ejemplo el Catecismo Romano del Concilio de Trento, pt. III, 5, n. 4:
Lejos de ser culpables de quebrantar este mandamiento [No matarás], esta ejecución de la justicia es precisamente un acto de obediencia a ella, pues el propósito de la ley es proteger y promover la vida humana. Este objetivo se cumple cuando se ejerce la autoridad legítima del Estado al quitar la vida a los culpables que, a su vez, la han quitado a un inocente.

Ahora vayamos con el Doctor Angélico, Santo Tomás de Aquino, para ver lo que nos dice su enseñanza bien razonada sobre la admisibilidad de la pena de muerte en su Summa Theologiae, II, II, q. 64, art. 2:
Cada persona individual se compara a toda la comunidad como la parte al todo; y, por tanto, si un hombre es peligroso para la sociedad y la corrompe por algún pecado, laudable y saludablemente se le quita la vida para la conservación del bien común; pues, como afirma 1 Cor 5:6, 'un poco de levadura corrompe toda la masa'.

De hecho, la pena de muerte puede ser, en última instancia, para el bien del alma del criminal (Summa Contra Gentiles, Libro III, cap, 146):

También tienen en el punto crítico de la muerte la oportunidad de convertirse a Dios a través del arrepentimiento. Y si son tan tercos que incluso en el momento de la muerte su corazón no se retira del mal, es posible hacer un juicio altamente probable de que nunca saldrán de éste.

Implicaciones Más Allá del Debate de la Pena de Muerte

Sin ignorar el hecho de que existe una gran preocupación en todo el mundo sobre la forma en que se administra la pena de muerte, y bajo qué circunstancias, las implicaciones del texto del CIC No. 2267 son mucho más amplias. Si las autoridades en Roma pueden revertir tan audazmente lo que, durante casi dos milenios, fue una enseñanza establecida, ¿qué otras cosas estarán sujetas al "progreso"? ¿Es que existe alguna declaración del CIC que no pueda ser revisada a "la luz del Evangelio", una luz que ahora es refractada a través del prisma del Modernismo? [Noten los lectores la actitud acrítica de la Neo-FSSPX respecto del Nuevo Catecismo de la Iglesia, texto repleto de errores liberales y modernistas] 
Otro aspecto igualmente importante es el mensaje dado al Pueblo de Dios, donde se hace patente que prácticamente nada de lo que la Iglesia enseña puede ser considerado indefectible. En vez de ser "el pilar y fundamento de la Verdad", la Iglesia parece ser ahora, para muchos, un órgano social cuyas promulgaciones y posiciones cambian con las modas políticas. Buscando estar en sintonía con el mundo, el catolicismo se muestra cada vez más mutable y sus doctrinas parecen tener duraciones limitadas. Antes del siglo pasado, ¿hubo algún prelado católico que enseñara algo así? ¿Existía acaso alguien, además de los críticos más virulentos de la Iglesia, que se atreviera a afirmar que la Iglesia es una institución históricamente contingente que pronuncia conscientemente doctrinas sujetas a ser revisadas y destruidas tan descuidadamente?

La crisis doctrinal en la Iglesia continúa y, una vez más, el Papa Francisco la perpetúa imprudentemente. [¿Así que el papa Francisco no es más que un imprudente? Usando la palabra “imprudentemente”, la Neo-FSSPX prácticamente exculpa a este gran demoledor de la fe]