sábado, 4 de mayo de 2013

MONSEÑOR FELLAY: NOTA SOBRE LA DECLARACIÓN DOCTRINAL DEL 15 DE ABRIL DE 2012. (COR UNUM 104)




El contexto es el siguiente: esta Declaración aparece el 15 de abril, luego de la carta del cardenal Levada del 16 de marzo, en respuesta a nuestra carta del 12 de enero. En su respuesta, el cardenal Levada expresa el rechazo por parte de las autoridades romanas de nuestra proposición de reemplazar su Preámbulo doctrinal por la Profesión de fe tridentina acompañada con la adhesión a Pastor aeternus y al n° 25 de Lumen gentium comprendido a la luz del Magisterio preconciliar (“según el juramento anti-modernista”). El cardenal Levada añadió que nuestro rechazo del Preámbulo doctrinal aprobado por Benedicto XVI equivalía a una ruptura de la comunión con el Pontífice romano, lo que provoca sanciones canónicas incurridas por el cisma.

Desde el principio, lo que nos guía en nuestras relaciones con Roma, es el principio de la fe: sin la fe es imposible agradar a Dios (cf. Hebreos, 11,15). No podemos aceptar que se nos arrebate, ni siquiera que se nos debilite nuestra fe recibida en el bautismo. Si nosotros queremos permanecer católicos, este es el principio al cual debemos sujetarnos y sobre el cual nosotros basamos toda nuestra acción. Poner en la balanza este principio para obtener cualquier ventaja práctica, incluso un reconocimiento canónico, siempre ha estado excluido.

Evidentemente, algunos no prestaron atención al hecho que yo siempre expresé que un acuerdo práctico jamás hubiera tenido lugar si las condiciones sine qua non emitidas por nosotros varias veces, tanto en las diferentes tomas de posición como en la segunda respuesta a la Congregación para la Doctrina de la Fe (12 de enero de 2011), que retomaba las mismas palabras de Monseñor Lefebvre, no fueran realizadas. Y que, incluso si el documento de abril hubiera sido aceptado, esto no hubiera sido suficiente para la conclusión de una normalización canónica. Uno de los puntos capitales de estas condiciones sine que non fue y sigue siendo el libre ataque y la denuncia de los errores en la Iglesia, comprendiéndose aquellos que provienen del Concilio.

En el momento de entregarnos la carta del 16 de marzo, el cardenal Levada nos hizo comprender que las autoridades romanas pensaban que la Fraternidad rechazaba completamente el magisterio de todos los papas, así como todos los actos del magisterio, desde 1962. Porque según él, no le otorgábamos ningún valor a estos actos en los hechos, a pesar de todo lo que pudiéramos decir. Esta acusación es falsa y es importante refutarla, ya que así como aceptamos ser injustamente condenados por nuestra fidelidad a la tradición bimilenaria, no aceptamos ser acusados de una ruptura con Roma, lo que nuestro fundador siempre rechazó. Esta es la línea de cresta que nos fijó, por encima de la tentación de una adhesión a los errores conciliares (lo que nosotros descartamos en la carta del 12 de enero, y de la que no se libró el cardenal Levada), pero también por encima de la tentación sedevacantista (que fue lo que intentamos hacer en esta declaración doctrinal).

       Este contexto muestra que la declaración doctrinal no pretendió ser la expresión exhaustiva de nuestro pensamiento sobre el Concilio y el magisterio actual. Ella no sustituye nuestra posición doctrinal, tal como fue expuesta durante los dos años de conversaciones doctrinales, quería solamente complementarla en un punto en particular: la acusación de cisma. Es por esto que esta declaración se esforzó en dar ejemplos de nuestra sumisión a la autoridad magisterial en sí (in se), pero manteniendo nuestra posición a muchos de los actos planteados por ella actualmente (hic et nunc). Para mostrar nuestro reconocimiento de la autoridad romana, concerniente a las reformas conciliares, hemos retomado varios puntos del texto de Monseñor Lefebvre, en 1988, porque no quisimos retomar los del “preámbulo doctrinal” del cual rechazamos el contenido en nuestra respuesta del 12 de enero, como el cardenal Levada lo reconoció en su carta del 16 de marzo.

Nuestra posición es ciertamente delicada, ya que no queremos ser ni heréticos, ni cismáticos, por lo que propusimos un texto dividido en dos partes, la primera enunciando los principios generales y condicionando total y absolutamente la segunda parte que abordó los puntos particulares del concilio Vaticano II y de las principales reformas que salieron de él. Para impedir cualquier ambigüedad en esta segunda parte –ambigüedad que ya habíamos denunciado en nuestra respuesta del 12 de enero de 2012 (ver Cor Unum 103 pág. 52 y siguientes), - parecía suficiente recordar fuertemente que el magisterio no puede de manera alguna apoyarse sobre sí mismo o sobre la asistencia del Espíritu Santo para poder enseñar una novedad contraria al magisterio constante de la Iglesia.

Estando excluida la posibilidad de la novedad o de la contradicción con la enseñanza anterior, por lo mismo toda ambigüedad quedó descartada en cuanto a nuestro juicio sobre el Concilio, comprendiendo la famosa “hermenéutica de la reforma en la continuidad”, inaceptable. En retrospectiva, constatamos que nuestro pensamiento no fue comprendido en este sentido por varios miembros eminentes de la Fraternidad, quienes vieron una ambigüedad, una adhesión a la tesis de la hermenéutica de la continuidad, que nosotros siempre hemos rechazado.

    Por su parte, las autoridades romanas no vieron en esta declaración una adhesión a la hermenéutica de la continuidad. Es por eso que, después de haber establecido en un documento de trabajo una tabla comparativa precisa de las divergencias entre su Preámbulo del 14 de septiembre de 2011 y nuestra declaración del 15 de abril de 2012, ellas desplazaron y modificaron el sentido de los añadidos que nosotros habíamos aportado y que juzgamos indispensables, luego ellas añadieron pasajes que nosotros suprimimos y que juzgamos inaceptables. Este es el texto que nosotros enviamos el 13 de junio de 2012.

Podemos notar así, entre lo que fue desplazado y modificado: en el n° III-6, en donde nosotros reconocemos la validez del NOM en sí y la legitimidad o legalidad de la promulgación (como Monseñor Lefebvre en 1988), encontramos en el texto del 13 de junio el reconocimiento de la validez y de la licitud del NOM y de los sacramentos desde Paulo VI y Juan Pablo II.

Entre lo que ha sido añadido, se notarán múltiples referencias tanto al nuevo catecismo como a la hermenéutica de la continuidad; así en el N° III-5, lo que nosotros escribimos de la libertad religiosa: “cuya formulación es difícilmente conciliable con las afirmaciones doctrinales precedentes del Magisterio se convierte en: “cuya formulación podría parecer a algunos difícilmente conciliable…”. En el mismo número III-5, la explicación teológica de las expresiones del Concilio que no parecen conciliables con el Magisterio anterior de la Iglesia se convierte en una explicación “notablemente para ayudar a comprender su continuidad con el Magisterio anterior de la Iglesia”, excluyendo así toda crítica.

Después de haber enviado a Roma los textos del Capítulo general de julio pasado, conocí a Monseñor Di Noia el 28 de agosto de 2012, y le informé que yo retiré nuestra proposición del mes de abril, la cual en lo sucesivo ya no podía servir como base de trabajo. Queda el Preámbulo doctrinal del 14 de septiembre de 2011 retomado en sustancia el 13 de junio de 2012, y nuestra doble respuesta: las cartas del 30 de noviembre de 2011 y la del 12 de enero de 2012 por una parte; la declaración del capítulo del 14 de julio de 2012 con las condiciones requeridas antes de todo reconocimiento canónico por la otra parte.
+ Bernard Fellay