Albert Laurent colabora regularmente
en Fideliter, la revista de la FSSPX en Francia. Él nos comunica el artículo
siguiente.
El pasado domingo 7 de mayo, siete sacerdotes
decanos del distrito de Francia de la Fraternidad San Pío X tomaron posición
públicamente contra el último texto del Vaticano relativo a los matrimonios
celebrados en la Tradición católica. Su declaración leída en el púlpito causó
un gran revuelo, sobre todo en sus consecuencias inmediatas. Los sacerdotes en
cuestión fueron efectivamente suspendidos de su cargo de decanos y el P.
Patrick de la Rocque, considerado como instigador de esta acción, ha sido
removido de sus funciones de “párroco” de San Nicolás de Chardonnet. Como todos
sabemos, este caso se presenta en un contexto de acercamiento entre Roma y la
Fraternidad. ¿Cómo se debe analizar?
¿De
quién se trata?
En la sociedad religiosa fundada por Mons. Lefebvre,
el apostolado de los sacerdotes es organizado a partir de un priorato. Un
decano es un prior de experiencia, referente en el seno de una región que forma
parte de un conjunto más vasto llamado distrito (o país). El distrito de
Francia comprende diez decanatos. La declaración ha sido suscrita por siete de
diez decanos. Además, todas las comunidades religiosas tradicionales de rama masculina presentes en Francia (benedictinos de Bellaigue, capuchinos de Morgon y la
Fraternidad de la Transfiguración) firmaron el documento. Por lo tanto, la
declaración está revestida de una autoridad moral innegable. Sería imprudente
descartarla sin más, reduciendo la iniciativa a “algunos sacerdotes del Distrito de Francia” (“Respecto a una carta de algunos sacerdotes a los fieles del Distrito de Francia”, 11 de mayo de
2017, publicado en el sitio oficial de noticias de la Casa general de la
FSSPX). Por otra parte, estos sacerdotes son reconocidos en Francia por su
seriedad, su celo pastoral, su solidez doctrinal y espiritual. Ellos son
unánimemente reconocidos, respetados y amados por los fieles.
Estos sacerdotes ¿han actuado sin decir nada a sus superiores? Es el reproche formulado en el artículo citado anteriormente: “algunos sacerdotes leyeron
imprudentemente desde el púlpito y difundieron una carta dirigida a los fieles,
sin el conocimiento del Superior de Distrito, poniendo en tela de juicio la
dirección de la Fraternidad San Pío X”. Esta afirmación es
manifiestamente falsa. Desde hace semanas, estos sacerdotes alertaron a sus
superiores sobre los problemas planteados por el texto romano sobre los
matrimonios y, de manera más general, sobre los peligros de un ralliement de la
Fraternidad a Roma bajo la forma canónica de una prelatura personal. Pero
frente a la inercia que encontraron, los sacerdotes decanos asumieron su responsabilidad. El P. de la Rocque debía encontrarse con el superior de
distrito de Francia el miércoles 3 de mayo para darle a conocer el texto de la
declaración. Finalmente fue recibido el viernes 5 de mayo, por lo tanto antes de la publicación realizada el
domingo siguiente, como el P. Bouchacourt acaba de reconocer en el periódico Présent con fecha de ayer. Por otra
parte, una lectura atenta y leal del texto de los decanos no permite
identificar palabras o expresiones que pongan en tela de juicio la autoridad
general de la Fraternidad.
¿De
qué se trata?
Vayamos ahora al fondo del asunto planteado por la
carta. Detrás de una aparente benevolencia, el texto romano del 27 de marzo de
2017 presenta de hecho una forma
concreta de ralliement en un dominio preciso, el del matrimonio. Hasta
ahora, ante la imposibilidad de recurrir a los párrocos oficiales a causa del
modernismo, los fieles de la Tradición se casaban bajo la forma extraordinaria,
lo que está perfectamente previsto en el Derecho canónico de la Iglesia. El
texto romano pone al obispo diocesano en el corazón del mecanismo. Éste podrá
dar delegación total a los sacerdotes de la Fraternidad para recibir los
consentimientos de los esposos, “allí donde ello no sea
posible o no haya sacerdotes de la Diócesis que puedan recibir el
consentimiento de las partes”. Pero el tipo de imposibilidad no se precisa y,
sobretodo, se trata de una simple facultad dada al obispo. Él podría no
ejercer esta facultad e imponer a los esposos el sacerdote diocesano de su
elección. Se ven perfectamente las situaciones difíciles que podrán
presentarse. ¿Qué pasará si el obispo no da su delegación? ¿El matrimonio será
considerado válido si los fieles de la Fraternidad hacen caso omiso?
De
manera más general, aceptar someter nuestros matrimonios a la jurisdicción
ordinaria, es aceptar someterse a los tribunales eclesiásticos que juzgan estas
cuestiones. Pero estos tribunales tienen una concepción errónea del matrimonio,
salida del Vaticano II, que asegura la primacía del fin segundo (bienestar
personal de los esposos) sobre la primera (procreación y educación de los
hijos). De hecho, estos tribunales declaran nulos los matrimonios ciertamente
válidos, lo cual se agrava por el reciente procedimiento simplificado del papa
Francisco.
Otra
laguna del texto: el texto romano no resuelve la validez de los matrimonios
tradicionalistas celebrados antes de estas nuevas disposiciones. Es una gran
injusticia que hubiera podido ser reparada, pero que persiste.
En
conclusión, el texto de la comisión Ecclesia Dei, bien que habiendo recibido en
sus grandes líneas el aval de la Casa general de la FSSPX (“para que estas
disposiciones romanas en favor de los matrimonios en la Tradición puedan ser
recibidas sin duda ni ambigüedad por todos los sacerdotes…”) presenta una
lógica propia que es la del ralliement a las autoridades conciliares y en esto
no puede ser aceptado. Pues detrás de esta cuestión jurídica del matrimonio se
encuentra una pregunta de fondo: ¿podemos ponernos deliberadamente bajo una
autoridad modernista sin poner en peligro nuestra alma?
Con su acción valiente, estos sacerdotes, nuestros sacerdotes, han denunciado la
trampa romana. Haciéndolo, han salvaguardado la esencia del combate de la
Tradición. Honor y apoyo a ellos.
Albert
Laurent