Entonces, evidentemente, nosotros
podemos plantear la pregunta (es normal plantearla, es una cuestión de
prudencia): ¿en qué momento o cuál es la situación de la Iglesia que podría
permitir este caso? Si entramos en una relación, digamos canónica, una relación
por lo tanto de sumisión, ¿cuáles son entonces las condiciones a obtener por
parte de Roma? Es un poco lo que tratamos de precisar con las famosas
condiciones del capítulo de 2012.
Nótese la vaguedad: es “un
poco” lo que “tratamos” de precisar en el capítulo del 2012, violando la
decisión y los términos exactos del capítulo del 2006.
Podemos preguntarnos si existe
verdaderamente un cambio fundamental entre 2006 y 2012…
Personalmente, no lo creo. Creo que se
aportó una precisión más concreta que incluye una cosa que no estaba
contemplada en 2006 y que permanece hasta ahora puramente teórica.
Cuando hablamos de Iglesia, hablamos de
un misterio. Nosotros sabemos que ella está gobernada por la divina Providencia
y nosotros no somos quienes vamos a dictar a la divina Providencia cómo va a
restablecer las cosas. Nosotros dejamos la puerta abierta pues sabemos que la
Providencia puede hacer lo que quiere, puede restituir, restaurar las cosas
como quiera.
Con nuestra prudencia, con la ayuda de
los dones del Espíritu Santo, nosotros cavilamos por nuestra parte cómo podría
hacerse, nosotros reflexionamos en las soluciones, las situaciones, pero
nosotros no sabemos cuál será escogida por el Buen Dios. Nosotros planteamos un
cierto número de elementos, suponiendo que las cosas serán así, dejando una
puerta abierta. Algunos concluyeron que queríamos por consecuencia los acuerdos
a cualquier precio. No, en absoluto.
Reserva mental: no a cualquier precio pero sí a un cierto precio.
La prueba, es esta famosa primer condición
que planteamos, a saber, que nosotros podríamos atacar no solamente los errores
sino incluso a aquéllos que los esparcen, los fautores de errores en la
Iglesia. ¿Cuál es la autoridad que aceptará esto?
Una autoridad perfectamente
liberal. ¿Acaso los políticos liberales no aceptan que los calumnien todos los
días? ¿Acaso los gobiernos liberales no promueven el libertinaje de expresión,
etc.? ¿Olvida la famosa frase del liberal Voltaire?: “No estoy de acuerdo con
lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo”.
Me parece que solamente puede haber un
caso, el de una autoridad que estaría ya ganada, que estaría de acuerdo.
Ilógico: una autoridad de
acuerdo con la Tradición no es criticable por “fautora de errores en la Iglesia”.
Una autoridad que no está de acuerdo no
va a permitirnos que lo ataquemos, no es posible. Dicho de otro modo, hemos
puesto la barra muy alta.
¿Seguro? Pensamos que el Papa
Francisco es capaz de poner en práctica la frase de Voltaire y dejarse “martirizar”,
por las críticas de los lefebvristas, con tal de alcanzar el ideal liberal de
la unidad y la paz.
De nuevo, podemos reflexionar para saber
cómo sucederá en la realidad. Hay elementos que aún no poseemos. Pensamos que
si estos elementos se reúnen, nosotros podríamos ir adelante.
¿Cuáles elementos? Misterio.
Para un verdadero católico antiliberal (valga la redundancia), hay un solo
elemento que considerar en esto: la conversión de Roma.
Es una reflexión de prudencia, sabiendo
que el futuro está en las manos del Buen Dios. Nosotros hacemos lo que podemos,
pero esto no quiere decir que estamos dispuestos a soltar lo que sea.
Reserva mental: No estoy
dispuesto a soltar lo que sea, pero
sí estoy dispuesto a soltar demasiado,
como en la Declaración Doctrinal de abril de 2012.
Pero como la Iglesia tiene las promesas
del Buen Dios, nosotros estamos obligados a pensar que algún día hará algo.
Ahora está libre de hacer lo que quiera. Esto es lo que significa la
introducción de las condiciones y no otra cosa. No se trata de inventar una
salida por detrás, es erróneo presentar así las cosas. Que se comprenda bien
esto.
Si no es para buscar “una
salida por atrás”, ¿por qué cambiar la clara condición del 2006 por las
ambiguas condiciones del 2012?
Habiendo dicho esto, concedo
gustosamente que la distinción que hicimos entre condiciones sine que non y
condiciones altamente recomendables es un poco artificial, lo reconozco.
Les doy un ejemplo muy preciso, el de la
autonomía respecto a los obispos. Después de la cuestión de la Fe, de la
defensa y protección de la Fe, de una manera concreta y práctica la exención
del poder de los obispos diocesanos es esencial. Miren todos los sacerdotes de
las comunidades Ecclesia Dei que están en manos de los obispos: están todos más
o menos limitados, amordazados.
Entre las condiciones que planteamos, la
encontramos en la segunda posición. Yo mismo me pregunté por qué había sido
puesta allí. Creo francamente que fue un hecho circunstancial. Habiendo
presentado al capítulo la estructura que Roma había preparado, esta autonomía
ya estaba incluida. Sin embargo con un punto que no estaba clarificado todavía:
el de la apertura de nuevas obras. Por lo demás, esta autonomía, esta
jurisdicción sobre los sacerdotes y los fieles, fue acordada y garantizada.
Como ya la teníamos, no insistimos más. Pero en sí, in se evidentemente era uno de los puntos primordiales.
(Seguirá...)