Comunicado acerca de las declaraciones del Papa Francisco respecto a las uniones civiles
FUENTE: BLOG DEL CARDENAL BURKE
EL 22 DE OCTUBRE DE 2020
Los medios de
comunicación de todo el mundo han informado con gran énfasis, como un cambio de
rumbo, la noticia de que el Papa Francisco ha declarado que las personas en la
condición de homosexuales, como hijos de Dios, "tienen derecho a tener una
familia" y que "nadie debe ser expulsado o hacerse infeliz por
ello". Además, escriben que él ha declarado: "Lo que tenemos que
crear es una unión civil. De esta manera estarán legalmente cubiertos. Yo he
defendido esto". Las declaraciones fueron hechas en una entrevista con
Evgeny Afineevsky, director del documental "Francesco", estrenado el
21 de octubre de 2020, con ocasión del Festival de Cine de Roma.
Tales declaraciones
generan gran desconcierto y causan confusión y error entre los fieles
católicos, en la medida en que son contrarias a la enseñanza de la Sagrada
Escritura y la Sagrada Tradición, y al reciente Magisterio por el cual la
Iglesia guarda, protege e interpreta todo el depósito de la fe contenido en la
Sagrada Escritura y la Sagrada Tradición. Causan asombro y error en cuanto a la
enseñanza de la Iglesia entre las personas de buena voluntad, que desean
sinceramente saber lo que la Iglesia Católica enseña. Imponen a los pastores de
almas el deber de conciencia de hacer las debidas y necesarias aclaraciones.
En primer lugar, el
contexto y la ocasión de tales declaraciones las hacen carecer de todo peso
magistral. Son correctamente interpretadas como simples opiniones privadas de
la persona que las hizo. Estas declaraciones no obligan, en modo alguno, a la
conciencia de los fieles, que están más bien obligados a adherirse con sumisión
religiosa a lo que la Sagrada Escritura y la Sagrada Tradición y el Magisterio
ordinario de la Iglesia enseñan sobre la materia en cuestión. En particular,
hay que señalar lo siguiente.
1. "Basándose en la Sagrada Escritura, que presenta los actos homosexuales como actos de grave depravación, la Tradición ha declarado siempre que 'los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados'" (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2357; Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, Persona humana, "Declaración sobre ciertas cuestiones de ética sexual, n. VIII[1]), por ser contrarias a la ley natural, cerradas al don de la vida y carentes de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. Por lo tanto, no pueden ser aprobadas.
2. Las tendencias
particulares y a veces muy arraigadas de las personas, hombres y mujeres, en la
condición de homosexuales, que son para ellos una prueba, aunque no constituyan
en sí mismas un pecado, representan sin embargo una inclinación objetivamente
desordenada (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 2358; Congregación
para la Doctrina de la Fe, Homosexualitatis problema, "Carta a los
Obispos de la Iglesia Católica sobre la pastoral de las personas
homosexuales", nº 3[2]). Por lo tanto, deben ser recibidos con respeto,
compasión y sensibilidad, evitando cualquier discriminación injusta. La fe
católica enseña a los fieles a odiar el pecado pero a amar al pecador.
3. Los fieles y, en
particular, los políticos católicos se oponen al reconocimiento legal de las
uniones homosexuales (Congregación para la Doctrina de la Fe, Consideraciones
sobre las propuestas de reconocimiento legal de las uniones entre personas
homosexuales, Diverse questioni concernenti l'omosessualità, n. 10[3]).
El derecho a formar una familia no es un derecho privado de reivindicación,
sino que debe corresponder al designio del Creador que ha querido al ser humano
en la diferencia sexual, "varón y hembra los creó" (Gen 1, 27),
llamando así al hombre, varón y hembra, a la transmisión de la vida. "Dado
que los matrimonios aseguran la sucesión de las generaciones y, por lo tanto,
son eminentemente de interés público, el derecho civil les concede un
reconocimiento institucional. Las uniones homosexuales, en cambio, no necesitan
una atención específica desde el punto de vista jurídico, ya que no ejercen
esta función para el bien común". (Ibídem, no. 9[4]). Hablar de una
unión homosexual, en el mismo sentido que la unión conyugal de los casados, es,
de hecho, profundamente engañoso, porque no puede haber tal unión entre
personas del mismo sexo. En lo que respecta a la administración de la justicia,
las personas en condición homosexual, como todos los ciudadanos, siempre pueden
hacer uso de las disposiciones de la ley para salvaguardar sus derechos
privados.
Es una fuente de profunda
tristeza y de apremiante preocupación pastoral el hecho de que las opiniones
privadas reportadas con tanto énfasis por la prensa y atribuidas al Papa
Francisco no correspondan a la constante enseñanza de la Iglesia, tal como se
expresa en la Sagrada Escritura y en la Sagrada Tradición, y custodiada,
protegida e interpretada por el Magisterio. Igualmente triste y preocupante es
la agitación, la confusión y el error que causan entre los fieles católicos,
así como el escándalo que provocan, en general, al dar la impresión totalmente
falsa de que la Iglesia Católica ha cambiado de rumbo, es decir, ha cambiado su
perenne enseñanza respecto a cuestiones tan fundamentales y críticas.
Raymond Leo Cardenal Burke
Roma, 22 de Octubre de 2020
[1] “... suapte
intrinseca natura esse inordinatos.” Sacra Congregatio pro Doctrina Fidei,
Declaratio, Persona humana, “De quibusdam quaestionibus ad sexualem
ethicam spectantibus,” 29 Decembris 1975, Acta Apostolicae Sedis 68
(1976) 85, n. 8. English
Translation, p. 5, VIII.
[2] Cf. Congregatio pro
Doctrina Fidei, Epistula, Homosexualitatis problema, “Ad universos
catholicae Ecclesiae episcopos de pastorali personarum homosexualium cura,” 1
Octobris 1986, Acta Apostolicae Sedis 79 (1987) 544, n. 3. English
Translation, pp. 1-2, no. 3.
[3] Congregatio pro
Doctrina Fidei, Nota, Diverse quaestioni concernenti l’omosessualità,
“De contubernalibus eiusdem sexus quoad iuridica a consectaria contubernii,” 3
Iunii 2003, Acta Apostolicae Sedis 96 (2004) 48, n. 10.
English translation: English
Translation, pp. 5-6, no. 10.
[4] “Poiché le coppie matrimoniali svolgono il ruolo di garantire l’ordine delle generazioni e sono quindi di eminente interesse pubblico, il diritto civile conferisce loro un riconoscimento istituzionale. Le unioni omosessuali invece non esigono una specifica attenzione da parte dell’ordinamento giuridico, perché non rivestono il suddetto ruolo per il bene comune.” Ibid., 47, n. 9. English translation: Ibid., p. 5, no. 9.