Extractos tomados de la obra preconciliar
Sacrae Theologiae Summa,
(tomo I, trat. III, cap. II, art. 3),
según la traducción publicada en el sitio Mercaba (corregida).
Gálatas 2,11-21: Más, cuando vino Cefas a Antioquía, me enfrenté con él cara a cara, porque era digno de reprensión porque no procedía rectamente según la verdad del Evangelio: no por el hecho de que errara, sino porque su actuar no se acomodaba enteramente a la verdad. Era tan grande la autoridad de San Pedro que al "simular" la observancia de lo legal, atraía a todos detrás de él.
San Pablo (no) corrige a San Pedro de un error en lo concerniente a lo doctrinal; (sino que) corrige a San Pedro acerca del modo de comportarse.
La verdad misma de la doctrina, que debía ser sostenida por todos, era la siguiente: Para los cristianos, aparte de la Ley de Jesucristo, no era necesaria para la salvación la observancia de la ley mosaica, sino que el observarla era libre para los que quisieran (*). Luego, el observarla no podía decirse que estuviera prohibido intrínsecamente o por razón de la verdad misma de la doctrina; pero sí extrínsecamente, por razón del escándalo, a saber si los cristianos sencillos, a causa de esa observancia de la ley mosaica, concluyeran de las circunstancias, aunque falsamente, que ella era algo necesario. Podía ser prohibida para evitar la caída de los débiles, según la doctrina de San Pablo mismo acerca de la comida de las carnes inmoladas a los ídolos (1 Cor. 8, 4-13); y así el mismo San Pablo, tomando como compañero a Timoteo le circuncidó a causa de los judíos (Hech. 16, 3). En cambio a Tito no le quiso circuncidar, para no confirmar con esta circuncisión en su error a aquellos que pensaban que esta era necesaria (Gál. 2,3-5). Acertadamente dice entonces Tertuliano: "ciertamente fue un defecto de conducta, no de predicación" (De prescriptione 23: R 294).
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(*) Durante la vida de Jesucristo en la tierra "se daban al mismo tiempo la Ley y el Evangelio", desde la pasión hasta la propagación del Evangelio la ley era muerta pero no mortífera, y por ello los judíos "podían observar lícitamente las prescripciones legales" (Pío XII, "Mystici Corporis": AAS 35, 205s; Suma Teol. 1.2 q.103 a.4 ad 1).