PÁGINAS

lunes, 30 de noviembre de 2015

COMENTARIO ELEISON Número CDXXXVII (437) - 28 de noviembre de 2015


Novus Ordo Missae – II
Los milagros eucarísticos están donde
Dios muestra que Él Mismo está
.

Los hechos son obstinados – siempre y cuando sean hechos. Si lectores dudan que el milagro eucarístico de 1996 en Buenos Aires es un hecho, que ellos emprendan su propia investigación: empiecen, por ejemplo, con http://youtu.be/3gPAbD43fTI . Pero si su investigación de ese caso los deja sin convencerse, que ellos entonces busquen el caso paralelo de Sokólka en Polonia donde todo un centro de peregrinación ha surgido alrededor de un milagro eucarístico en el 2008: vean, por ejemplo, jloughnan.tripod.com/sokolka.htm. Y un poco más de investigación en Internet descubriría seguramente reportes de más de tales milagros Novus Ordo, y al menos algunos de ellos parecerían auténticos. 

MONS. FELLAY: AUTO ENTREVISTA Y CARTA POLÍTICAMENTE CORRECTA A LOS AMIGOS Y BIENECHORES N° 85

Fuente: DICI

Nuestros comentarios en color rojo.




Carta a los Amigos y Bienhechores n° 85

Estas últimas semanas nos muestran -con la multiplicación de atentados asesinos en Europa y en África, con la persecución sangrienta de numerosos cristianos en Oriente Medio-, cuán profundamente convulsionada está la situación del mundo. En la Iglesia, el reciente Sínodo sobre la familia y la próxima apertura del Año Santo no dejan de provocar legítimas inquietudes. [Nótese la diplomacia: sólo "legítimas inquietudes"; nada de santa indignación o de rechazos categóricos...] Frente a una confusión tal, nos ha parecido útil compartir nuestras reflexiones respondiendo a vuestras preguntas. Creemos que esta presentación permitirá resaltar mejor cómo nosotros, que estamos apegados a la Tradición, debemos reaccionar frente a los problemas que se plantean hoy.

El 1° de septiembre el Papa Francisco dio a todos los fieles, por propia iniciativa, la posibilidad de confesarse con los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X durante el Año Santo. ¿Cómo interpreta Ud. este gesto? ¿Aporta algo nuevo a la Fraternidad?

En efecto, fuimos sorprendidos por este acto del Santo Padre con ocasión del Año Santo, pues nos enteramos, como todo el mundo, por la prensa. ¿Cómo recibimos este acto? Permítanme recurrir a una imagen. Cuando un incendio arrecia, todo el mundo entiende que quienes tienen los medios deben esforzarse en apagarlo, sobre todo si faltan bomberos. Así han actuado los sacerdotes de la Fraternidad, durante todos los años de esta terrible crisis que sacude la Iglesia sin interrupción desde hace 50 años. En particular, frente a la trágica falta de confesores, nuestros sacerdotes se han entregado al servicio de las almas de los penitentes, utilizando el caso de urgencia previsto por el Código de Derecho Canónico.

El acto del Papa hace que durante el Año Santo tengamos una jurisdicción ordinaria. Siguiendo con la metáfora, ello consiste en darnos la insignia oficial de bomberos, a pesar de que nos la habían negado desde hace décadas. [El ser afrentado por herejes es un título de honor para los verdaderos tradicionalistas. "Seréis odiados de todos por causa de Mi Nombre" (Mt 10, 22, Mc 13 13, Lc 21, 17). Por otra parte, el que incendia la Iglesia es el propio Francisco, a la manera de un nuevo Nerón. Esto Mons. Fellay no lo dice o no lo ve... o no lo quiere decir o no lo quiere ver.] En sí, para la Fraternidad, sus miembros y sus fieles, esto no agrega nada nuevo; no obstante esta jurisdicción ordinaria tranquilizará a los que están con inquietudes y a todas las personas que hasta ahora no se atrevían a acercarse a nosotros. [A los buenos fieles católicos, más bien les debe causar intranquilidad el ver que la FSSPX se acerca a quien es “la esperanza de los homosexuales”, el gran amigo de la Sinagoga y el vocero oficioso de la ONU] Pues, como dijimos en el comunicado en el que agradecimos al Papa, los sacerdotes de la Fraternidad sólo desean una cosa: “ejercer con renovada generosidad su ministerio en el confesionario, siguiendo el ejemplo de dedicación infatigable que el santo Cura de Ars dio a todos los sacerdotes”. [El regalo griego de Francisco a la FSSPX es un paso decisivo y sin retorno hacia el acuerdo traidor. Nadie piense que el 9 de diciembre de 2016 las confesiones de los Sacerdotes de la Fraternidad volverán a ser consideradas ilícitas: el acuerdo debe ser hecho antes de esa fecha. Sobre el rastrero agradecimiento de Mons Fellay a Francisco, ver acá] 

domingo, 29 de noviembre de 2015

R.P. TRINCADO - SERMÓN EN EL PRIMER DOMINGO DE ADVIENTO




La Iglesia quiere que en el Adviento preparemos nuestras almas para Navidad. Explicaremos brevemente la Epístola, a partir de comentarios de Santo Tomás de Aquino:

Ya es hora de levantarnos del sueño, comienza diciendo San Pablo en la Epístola de hoy. Ya es hora de levantarnos del sueño, porque ahora está más cerca nuestra salvación que cuando empezamos a creer. Este sueño es el sueño de la culpa, según Ef 5, 14: Despierta tú que duermes, y levántate de entre los muertos, y el Señor te alumbrará; o el sueño de la negligencia o tibieza, según Prov 6, 9: ¿Hasta cuándo duermes, oh perezoso? Es tiempo, entonces, de levantarnos del sueño de la culpa por la penitencia, o del sueño de la negligencia por el vivo deseo de obrar el bien. Este despertar consiste en alejarse de la oscuridad del diablo y acercarse a la luz de Dios; por eso se dice en Sant 4, 7-8: Resistid al diablo y huirá de vosotros. Acercaos a Dios, y Él se acercará a vosotros.

sábado, 28 de noviembre de 2015

SOBRE UN INTENTO DE RESPUESTA A LOS DOMINICOS DE AVRILLÉ


La “misericordia laxista que impulsa el pecado” de Francisco, ilustrada
 en la portada de una revista. El “Jubileo de la Misericordia” tendrá su impronta.


Quizás bastaría constatar la presunción manifestada por ciertos orgullosos adherentes a la FSSPX, para no tomar en consideración lo que concierne a este artículo. Por ejemplo, en una delirante interpretación escatológica de la FSSPX en las figuras de Enoc y Elías, entre otras esplendorosas conjeturas (acá). De hecho, allá lejos y hace tiempo tuvimos oportunidad de ocuparnos de tales defensores del acuerdismo neofraternitario y en más de una oportunidad (por ejemplo acá). Pero vale la pena aportar alguna aclaración a un nuevo libelo arrojado irresponsablemente a la consideración de algún que otro lector de la FSSPX, por un blog llamado “La honda de david” (así, el nombre mal escrito con minúscula en el banner del blog).  El artículo se pretende una “contundente respuesta” a los Dominicos, citamos y comentamos:

Contundente respuesta A los Dominicos de Avrillé:

“Nuevo panfleto de los cismáticos "Dominicos de Avrillé" y nueva necesidad de impugnarlo por nuestra parte.

La “Contundente respuesta A los Dominicos de Avrillé” (parece que el autor tiene problemas para ubicar adecuadamente las mayúsculas y minúsculas) empieza conteniendo dos errores o directamente difamaciones en sus primeras cinco palabras. Veamos:

panfleto
Del ingl. pamphlet.
1. m. Libelo difamatorio.
2. m. Opúsculo de carácter agresivo.

libelo
Del lat. libellus 'librillo', 'escrito breve'.
1. m. Escrito en que se denigra o infama a alguien o algo.
2. m. desus. Libro pequeño.
(Diccionario RAE).

Ni sentido difamatorio ni carácter agresivo puede atribuirse al muy objetivo y riguroso estilo de los Dominicos, que se limitan a refutar, siguiendo el método científico de Santo Tomás, los errores encontrados en la circular redactada por Menzingen. Lo menos que puede decirse es que quien acusa es quien ofrece un panfleto (libelo difamatorio), pues la difamación llega enseguida al tildar a los Dominicos de “cismáticos”.

Cisma:
“Es el delito de quien se separa de la Iglesia católica para formar una secta particular so pretexto de que aquella yerra o aprueba desórdenes o abusos”.
(Diccionario de teología dogmática, Ed. Litúrgica española, 1955).

De ningún modo se puede acusar de tal a los Dominicos. El mismo escrito de ellos -que el bloguero de la Neo-FSSPX no cita en todas sus partes- dice:

“Ad 4. No se cuestiona la autoridad del Papa, sino que se constata que la usa mal. Es por la misma razón que rechazamos la nueva misa, el nuevo Código de Derecho Canónico, etc”.

De ser cismáticos los Dominicos, también lo sería Mons. Lefebvre cuando afirmó al fin de su vida:

"Todo sacerdote que quiere permanecer católico tiene el estricto deber de separarse de esta Iglesia conciliar, mientras ella no recupere la tradición del Magisterio de la Iglesia y de la fe católica. [...] Tal vez alguien me diga: “¡Usted exagera! Cada vez hay más obispos buenos que rezan, que tienen fe, que son edificantes... Aunque fuesen santos, desde el momento en que aceptan la falsa libertad religiosa, y por consiguiente el Estado laico, el falso ecumenismo (y con ello la existencia de varias vías de salvación), la reforma litúrgica (y con ello la negación práctica del sacrificio de la Misa), los nuevos catecismos con todos sus errores y herejías, contribuyen oficialmente a la revolución en la Iglesia y a su destrucción." (Itinerario Espiritual siguiendo a Santo Tomás de Aquino en su Suma Teológica, 1990).

Recordemos que en otra oportunidad Mons. Lefebvre también dijo: “No somos nosotros, sino los modernistas quienes salen de la Iglesia”.

Sigue el libelo de “david”:

Brevitatis causae, los Dominicos de Avrillé, sostienen que la FSSPX no debe recepcionar las indulgencias previstas para el "Año de la Misericordia" por enmarcarse el mismo en el quincuagésimo aniversario del Concilio Vaticano II. y la "respuesta" que ellos formulan es la que sigue:

"La moralidad de un acto humano se juzga no sólo por su objeto, sino también por las circunstancias (I-II, q. 18, a. 3). Por ejemplo, llevar un mango de picota de camino al campo de cultivo tiene una moralidad diferente a llevar el mismo mango de picota de camino a una manifestación.

El Año Jubilar de la misericordia se ve manchado por las siguientes circunstancias: la fecha del jubileo fue elegida para celebrar los 50 años del concilio, y la "misericordia" promovida por Francisco es una misericordia laxista que impulsa al pecado.

La participación en el Jubileo no puede ignorar estas circunstancias, por lo que esa participación es inmoral" (según traducción del blog cismático "Syllabus")

Vuelve a reunir dos errores en la última línea. Porque, como puede verse en nuestra entrada, la misma está tomada del blog Non Possumus, por lo que no es nuestra la traducción, como allí se afirma. Además, nuevamente aparece la acusación de “cismáticos”. Ya respondimos en relación a los Dominicos y sostenemos la misma posición no cismática, no sedevacantista, la misma posición que sostuvo Mons. Lefebvre, lo que no le impidió hacer las debidas distinciones y hasta hablar de una “Roma anticristo”. La maledicencia y la calumnia en materia grave son pecados mortales que exigen reparación, bajo pena de condenación. Que Dios lo perdone como nosotros lo hacemos según Su mandamiento.
Continúa su artículo:

Pues bien, lo que parece tan simple no lo es. Citamos de los "Documentos" de Antonio Pardo (Universidad de Navarra): 

El hombre, si ha sido adecuadamente previsor antes de actuar, conoce los efectos que van a derivarse de su acción, y sabe, si es el caso, que algunos son poco o nada deseables: son los efectos tolerados. Los efectos tolerados son voluntarios. No son intentados, pues no son el fin pretendido. Pero no puede decirse coherentemente que son involuntarios. Si fueran absolutamente involuntarios serían, sin más, no imputables al sujeto (66).

Por tanto, el hombre, al actuar, los quiere, los hace objeto de la intencionalidad de su voluntad. No es que los pretenda (no son su intención). Pero los quiere. Si no los quisiera de ninguna manera, no emprendería la acción que realiza. Tolerar es precisamente eso: aceptar con el acto de la voluntad unos efectos de la acción, que no son lo directamente pretendido (67).

Una voluntad buena se manifiesta en que desarrolla actos buenos, en que pone su intencionalidad en objetos adecuados al hombre. Por tanto, unos efectos malos serán tolerables siempre que el conjunto de cosas que quiere la voluntad del que actúa se pueda valorar como bueno (siempre dentro de la hipótesis de que la intención y la decisión son buenas, como hemos visto).

Dentro de este contexto, para ver si la voluntad es globalmente buena, tenemos que comparar si quiere, en conjunto, más bienes que males. Esto sólo se puede hacer comparando el acto de la voluntad que mueve toda la acción (la intención) con la aceptación voluntaria de los efectos tolerados. Lo que se tolera deberá ser, por tanto, proporcionado a lo que se intenta (73). Si, para conseguir un bien se tolera un mal mayor que ese bien, esa voluntad será mala. Si para conseguir un bien se tolera un mal menor, esa voluntad será buena.

Los estudios de moral clásicos, siguiendo la sistematización de Santo Tomás en la Summa Theologiae(83), analizan en el acto moral el objeto, el fin y las circunstancias. Para examinar la licitud de acciones que tienen efectos buenos y efectos malos, estos tres elementos no bastan, y tienen que recurrir a la elaboración de unas reglas que permitan determinar si una acción con efectos buenos y malos puede realizarse sin culpa moral. Estas reglas constituyen el llamado principio de la acción de doble efecto.

En sede de Bioética  -por tanto, insospechado de querer favorecer a los "acuerdistas"- se menciona el principio de doble efecto, según el cual es posible realizar un acto que produzca o pueda producir un resultado malo, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

1. Que la acción en sí misma, prescindiendo de sus efectos, sea buena o al menos indiferente.
2. Que el fin del agente sea obtener el efecto bueno y se limite a permitir el malo.
3. Que el efecto primero e inmediato que se sigue sea el bueno.
4. Que exista una causa proporcionalmente grave para actuar

Queda claro que la recepción de las indulgencias por la FSSPX es en sí misma buena (1) el fin es obtener la gracias anexas a la obtención de las indulgencias, tolerando que su recepción sea en ocasión del "Año de la misericordia" que conmemora el Concilio Vaticano II (2) el efecto primario e inmediato de la acción es la remisión de la pena debida por el pecado, por tanto bueno (3) y existe causa grave en la medida que refiere al fin último del hombre (4).

En definitiva, la ocasión en este caso no es medio (si no no sería circunstancia), y el mal estaría no en la aceptación del Concilio o de la concepción laxa de la misericordia (que, como va dicho, no se quiere) sino en que los demás pudieran pensar que tal aceptación ocurre. Todo ello frente a la certeza de obtener, eventualmente, el Cielo sin tener que pasar por el Purgatorio.

Sobre los requisitos mencionados arriba:

-Yerra acerca del primero, que es el referente al objeto de la acción. “david” confunde objeto y fin.  En este caso, el objeto es participar en un Jubileo de la Iglesia Católica, no “recibir las indulgencias”: este es el fin. Pues bien, el objeto, en la acción precisa de que se trata, es moralmente bueno pero está acompañado de ciertas circunstancias que vician la acción en su conjunto. En efecto, y como dicen los Dominicos, el Jubileo está ligado indisolublemente por el propio Papa a celebrar el concilio Vaticano II y la falsa idea de misericordia que aquel instaló y que ahora Francisco reflota (“una misericordia laxista que impulsa al pecado”, como bien dicen los Dominicos). Y también afirman los Dominicos (subrayado nuestro): “Aunque la persona que participa en el Jubileo no tenga la intención (subjetiva) de festejar el Concilio Vaticano II, ella toma parte en un Jubileo que ha sido objetivamente querido para festejar ese concilio. A no ser que queramos volvernos subjetivistas, debemos abstenernos”.

- En cuanto al segundo requisito, dice “david”: “el fin es obtener las gracias anexas a la obtención de las indulgencias”. Como le sucedió con el objeto, nuevamente se equivoca nuestro contradictor al enunciar el fin: lo que se pretende es ganar las indulgencias del Jubileo, no “las gracias anexas a la obtención de las indulgencias” (y vaya uno a saber a qué se refiere “david” con aquello de “gracias anexas”…). Como señalan los Dominicos, las indulgencias “se pueden ganar de otras maneras ajenas al Jubileo: hay muchos modos de ganar una indulgencia plenaria todos los días, como por ejemplo, la adoración del Santísimo Sacramento durante media hora, la lectura de la Sagrada Escritura por el mismo tiempo, la recitación del Rosario en comunidad, el Via Crucis”, etc.

-Respecto del cuarto requisito, “David” yerra de nuevo y doblemente. Expresa que “existe causa grave en la medida que refiere al fin último del hombre”. Veamos los errores. 1er. error: toda acción moral está siempre y necesariamente referida al fin último del hombre (cfr. S.T. I-II, q.1, a. 6). 2do. error: aunque toda acción buena se refiere y ordena al fin último del hombre, no toda acción buena autoriza a proceder según el principio del doble efecto, sino que debe haber (además de los otros tres requisitos mencionados) un motivo proporcionalmente grave para actuar, y en este caso preciso claramente no hay causa proporcionalmente grave, porque existen muchos otros medios para ganar las indulgencias.

En definitiva:

-No hay una verdadera justificación moral para adherir al “Jubileo extraordinario de la misericordia”, pues el fin aducido de obtener las indulgencias puede ser logrado sin significativa dificultad por otras vías.

-Ni tampoco hay una -digamos- verdadera justificación doctrinal para adherir al Jubileo, pues el mismo se propone también para adherir a las enseñanzas modernistas del Vaticano II. Con el agravante de que, como muy bien se dice acá, “el ‘jubileo de la misericordia’ se abre el 8 de diciembre, Fiesta de la Inmaculada Concepción. La elección de esta fecha mariana para festejar los 50 años de la clausura del concilio, es un insulto lanzado a Dios y a su Santísima Madre cuando sabemos que los padres conciliares enterraron deliberadamente la devoción Mariana durante este concilio con la finalidad de agradar a los protestantes”.

-Lo que sí hay es una verdadera justificación político-diplomática por parte de Menzingen para adherir al “Jubileo extraordinario de la misericordia”: corresponder a Francisco y sus diversas medidas a favor de la FSSPX, en vistas al futuro acuerdo puramente práctico con Roma.

SÁBADO MARIANO, NO OLVIDE REZAR EL ROSARIO

El “jubileo de la misericordia” se abre el 8 de diciembre, Fiesta de la Inmaculada Concepción. La elección de esta fecha mariana para festejar los 50 años de la clausura del concilio, es un insulto lanzado a Dios y a su Santísima Madre cuando sabemos que los padres conciliares enterraron deliberadamente la devoción Mariana durante este concilio con la finalidad de agradar a los protestantes. Los frutos del concilio fueron, por consecuencia, más que amargos. Los frutos del jubileo lo serán igualmente, y en vista que las autoridades de la neo-FSSPX quieren también festejar este jubileo, es seguro que el cielo está haciendo caer sobre esta Fraternidad la misma cólera que hizo caer sobre la Iglesia que salió del concilio. Nadie se burla de Dios ni de su Santísima Madre impunemente… sea un obispo o un papa. (Maunoir, Foro Christus Vincit).

Hoy más que nunca, recemos el Santo Rosario por la Consagración de Rusia al Corazón Inmaculado de María. Los invitamos a unirse a los 13 meses de oración por esta intención. Visite el sitio del Rosario Perpetuo acá:  https://rosarioperpetuo.wordpress.com/

viernes, 27 de noviembre de 2015

MONS. FELLAY: EN ROMA "CADA VEZ ACEPTAN MÁS Y MÁS LO QUE NOSOTROS PROPONEMOS"





"NUESTRAS RELACIONES [CON ROMA]: YO PUEDO DECIR QUE ESTÁN SIENDO MEJORES Y PARECE QUE ELLOS ACEPTAN CADA VEZ  MÁS Y MÁS  LO QUE NOSOTROS PROPONEMOS"



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En la entrevista de hoy vamos a conversar con el superior general de la FSSPX, el obispo Bernard Fellay.
-Su excelencia, cuéntenos sobre la fraternidad, la cual cumple 45 años este mes.
-Sí, la FSSPX, fundada en 1970 por el Arzobispo Lefebvre, en la diócesis de Friburgo, Suiza y ahora se puede decir que estamos por todo el mundo. Nosotros seremos, apenas este año que viene, más de 600 sacerdotes por todos los continentes e intentamos mantener para la iglesia el sacerdocio, como siempre fue en la Iglesia Católica. Es en realidad nuestro propósito, es decir nuestro principal propósito es la formación de sacerdotes, de sacerdotes para la Iglesia católica.

jueves, 26 de noviembre de 2015

CONTUNDENTE RESPUESTA DE LOS DOMINICOS DE AVRILLÉ A LA CIRCULAR SOBRE EL JUBILEO


¿Se debe participar en el Jubileo de la Misericordia?

Jubilé de la "Miséricorde"

Parece que se debe participar en el Jubileo extraordinario de la misericordia:

1a. Cuando las compuertas de la gracia están abiertas, hay que recibimos en abundancia. Un Año Santo es una gran gracia para todos los miembros de la Iglesia.

2a. El Concilio de Trento "enseña y manda que el uso de las indulgencias, muy beneficiosas para el pueblo cristiano y aprobados por la autoridad de este santo Concilio, sea preservado"(DS 1835); el Código de Derecho Canónico dice: "todos tengan gran consideración de las indulgencias" (can. 911). Sería paradójico que por porque no queremos tener nada que ver con ese concilio fallido que fue el Vaticano II, lleguemos hacer caso omiso de una verdad proclamada en el Concilio de Trento y alentada por toda la tradición de la Iglesia.

3a. Según San Alfonso María de Ligorio: "Para llegar a ser un santo, basta con ganar la mayor cantidad posible de indulgencias" (citado en el Manual de Indulgencias, Atesorando para el Cielo, ed. DFT, 2005, p 6.).

4a. Una persona no arriesga su salvación al participar en el Jubileo de la misericordia, salvo si pone en duda el poder de las llaves del que Francisco es el detentador legítimo.

5a. “Aunque la remisión de la pena sea haga sin razón, el interesado, sin embargo, gana la indulgencia en su totalidad” (Santo Tomás de Aquino, Supl., Q. 25, a. 2 ad 1).

6a. Para que una circunstancia afecte el jubileo y lo desnaturalice, tendría que convertirse en el objeto o fin específico. Pero las condiciones que se establecen para la obteción de la indulgencia son tradicionales: visitar una iglesia jubilar, confesión, comunión, recitación del Credo y de la oración por las intenciones del Sumo Pontífice (como el Pater o la oración del jubileo).

7a. La alegría del Jubileo no consiste en regocijarse en el Concilio Vaticano II, sino en la gracia difundida por el jefe de la Iglesia, extraída del tesoro de los méritos infinitos de Cristo y de todos los santos. La gracia profusamente difundida siempre será una fuente de alegría para aquellos que están dispuestos a recibirla.

8a. Mons. Lefebvre y el seminario de Ecône participaron en la gran peregrinación organizada en Roma durante el Año Santo de 1975. Lo mismo la Fraternidad San Pío X en el 2000. Sin embargo, en 1975 el Vaticano había informado de que el Año Santo "coincidía con el décimo aniversario de la clausura del Concilio Vaticano II", y la bula de convocación del Año Santo 2000 indicó que con ocasión de la entrada en un nuevo milenio, "se debe llegar con una fortalecida fidelidad a la enseñanza del Concilio Vaticano II".


Sed contra:

Este jubileo está organizado por la Iglesia conciliar; pero Mons. Lefebvre escribió en su "testamento" espiritual [Itinerario Espiritual siguiendo a Santo Tomás de Aquino en su Suma Teológica, 1990]:
"Todo sacerdote que quiere permanecer católico tiene el estricto deber de separarse de esta Iglesia conciliar, mientras ella no recupere la tradición del Magisterio de la Iglesia y de la fe católica. [...] Tal vez alguien me diga: “¡Usted exagera! Cada vez hay más obispos buenos que rezan, que tienen fe, que son edificantes... Aunque fuesen santos, desde el momento en que aceptan la falsa libertad religiosa, y por consiguiente el Estado laico, el falso ecumenismo (y con ello la existencia de varias vías de salvación), la reforma litúrgica (y con ello la negación práctica del sacrificio de la Misa), los nuevos catecismos con todos sus errores y herejías, contribuyen oficialmente a la revolución en la Iglesia y a su destrucción."


Respuesta:

La moralidad de un acto humano se juzga no sólo por su objeto, sino también por las circunstancias (I-II, q. 18, a. 3). Por ejemplo, llevar un mango de picota de camino al campo de cultivo tiene una moralidad diferente a llevar el mismo mango de picota de camino a una manifestación.

El Año Jubilar de la misericordia se ve manchado por las siguientes circunstancias: la fecha del jubileo fue elegida para celebrar los 50 años del concilio, y la "misericordia" promovida por Francisco es una misericordia laxista que impulsa al pecado.

La participación en el Jubileo no puede ignorar estas circunstancias, por lo que esa participación es inmoral


Soluciones a las objeciones:

Ad 1. San Hermenegildo se negó a recibir la comunión de manos de un obispo arriano el Domingo de Pascua, y por esta razón fue entregado a la muerte. Sin embargo, nada es más santificador que la Santa Comunión y la comunión pascual es obligatoria bajo pena de pecado mortal. Pero aquí una circunstancia hizo pecaminoso el acto: recibir la hostia de la mano de un obispo herético era una "communio in sacris" con un hereje.

Ad 2. El objetante yerra al calificar el concilio Vaticano II sólo de "concilio fallido." Por el contrario, ha sido tan exitoso para los modernistas, que han podido, en esa ocasión, fundar su "Iglesia conciliar". Participar en este jubileo sería un compromiso con esta pseudo-Iglesia a causa de las circunstancias mencionadas. En cuanto a las indulgencias, se pueden ganar de otras maneras ajenas al jubileo: hay muchos modos de ganar una indulgencia plenaria todos los días, como por ejemplo, la adoración del Santísimo Sacramento durante media hora, la lectura de la Sagrada Escritura por el mismo tiempo, la recitación del Rosario en comunidad, el Via Crucis [1].

Ad 3. El objetante no da la referencia en las obras del santo sino en una obra de segunda mano, que a su vez no da ninguna referencia. El vestigio más antiguo que se han encontrado de esta cita es un libro escrito para desacreditar las indulgencias: Paul Parfait, "El Arsenal de la devoción: Notas para servir a la historia de las supersticiones", 4ª ed, París, Georges Decaux, 1876, p. 90. Nos vamos a permitir exigir una fuente precisa para verificar la autenticidad de esta frase y su contexto. De todos modos, para convertirse en un santo, lo primero que necesita es fe en grado heroico y evitar todo equívoco en esa materia.

Ad 4. No se cuestiona la autoridad del Papa, sino que se constata que la usa mal. Es por la misma razón que rechazamos la nueva misa, el nuevo Código de Derecho Canónico, etc.

Ad 5. El objetante ha omitido, sin señalarlo, una parte de la cita de de Santo Tomás: "Si, no obstante la remisión se hace sin razón, como cuando los hombres son liberados de las obras de penitencia a cambio de casi nada, él [el que concede la indulgencia] peca procediendo así; sin embargo, el interesado gana la indulgencia en su totalidad". Por lo que se ve que el aspecto no razonable considerado por Santo Tomás es una simple desproporción entre la obra exigida y la indulgencia concedida. En el caso de este Jubileo, la ganancia de la indulgencia está vinculada a la alegría por el Vaticano II y a una falsa concepción de la "misericordia" por parte del papa Francisco, de la cual no sólo aspecto no razonable, sino inmoral.

Ad 6. El objetante juega con la palabra "desnaturaliza". Es cierto que el Jubileo se mantiene siendo tal Jubileo y las circunstancias que le afectan para mal no cambian su naturaleza de Jubileo. Pero ellas entran también en el objeto moralmente considerado porque afectan la moralidad. Comunión ofrecida a San Hermenegildo seguía siendo una comunión Pascua, pero las circunstancias la hicieron pecaminosa.

Ad 7. Aunque la persona que participa en el Jubileo no tenga la intención (subjetiva) de festejar el Concilio Vaticano II, ella toma parte en un Jubileo que ha sido objetivamente querido para festejar ese concilio. A no ser que queramos volvernos subjetivistas, debemos abstenernos.

Ad 8. Los Jubileos de 1975 y 2000 fueron jubileos ordinarios, ya que regularmente se hacen cada 25 años para celebrar los aniversarios de la encarnación. Por tanto, no se vincularon en sí al aniversario del concilio ni a una idea errónea de la misericordia. Las alusiones al concilio señaladas por el objetante son secundarias y no afectan la moralidad del acto de participación para aquellos que simplemente quisieron celebrar el aniversario de la Encarnación.
En 1975, la participación de Mons. Lefebvre en la peregrinación organizada por la asociación Credo tuvo lugar cuando el Prelado manifestaba su oposición al conciliar Roma [2]: así que no hubo ninguna ambigüedad en ese gesto.
Uno puede preguntarse si era prudente hacer otra peregrinación a Roma en el 2000. Porque fue en esta ocasión que  se han retomado los contactos con miras a un acuerdo con la Roma modernista, lo que llevó a la caída de Campos al año siguiente. La FSSPX se contuvo, pero las negociaciones para el acuerdo han continuado, y en 2012 el acuerdo estuvo a punto de hacerse. Los comunicados que siguieron a la reunión romana de 23 de septiembre de 2014, la de Menzingen ("cordial encuentro") y el Vaticano ("proceder por etapas" ... "en la superación de las dificultades" ... "en la perspectiva de la plena reconciliación ") fueron el punto de partida de una serie de etapas o grados, y la participación en el jubileo serían claramente parte de eso.
___________________________

[1] Sobre las indulgencias, ver P. Marie-Dominique OP, "Las indulgencias en la vida de la Iglesia y su destrucción por el Papa Pablo VI", ed. du Sel, 2010.

[2] Recordemose el contexto: el 11 de noviembre 1974 tuvo lugar la visita al seminario de Ecône de dos enviados desde Roma a causa la famosa declaración de Mons. Lefebvre de 21 de noviembre, el 25 de enero de 1975, Mons. Lefebvre fue invitado a comparecer ante tres cardenales (Tabera, Wright y Garrone), el 6 de mayo Mons. Mamie retira la aprobación dada por su predecesor, el mismo día los tres cardenal apoyaron esta decisión con el acuerdo de Pablo VI, los días 24 y 25 de mayo tuvo lugar la peregrinación, el 5 de junio Mons. Lefebvre interpone su recurso ante el Tribunal de la Signatura Apostólica, etc.

TRADUCCIÓN DE LA CIRCULAR SOBRE EL JUBILEO

Nota sobre el Jubileo extraordinario de la Misericordia
y la participación de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X

Status Quaestionis

1. El 14 de marzo de 2015, el papa Francisco anunció en la basílica de San Pedro, su decisión de convocar a un Jubileo extraordinario que sería un Año santo de la misericordia, teniendo como divisa las palabras de Cristo: “Sed misericordiosos como vuestro Padre celestial es misericordioso” (Luc. 6, 36). Este Año santo se desarrollará del martes 8 de diciembre de 2015, fiesta de la Inmaculada Concepción, al domingo 20 de noviembre de 2016, fiesta de Cristo Rey del universo en el calendario moderno. La Puerta santa de la catedral de Roma, así como todas las Puertas santas –llamadas para la ocasión “Puertas de la misericordia” – de las basílicas romanas, y también de las catedrales de las diócesis y de los principales santuarios del mundo católico, serán abiertas el domingo 20 de diciembre de 2015, 3er domingo de Adviento o de Gaudete[1]. Para obtener la indulgencia jubilar son requeridas las disposiciones habituales: confesión, comunión, recitación del Credo y oración por las intenciones del Soberano Pontífice (como el Pater o la oración del jubileo[2]).

El 11 de abril de 2015, el papa Francisco firmó la Bula de convocatoria del Jubileo en la cual precisa haber escogido la fecha del 8 de diciembre de 2015 para la apertura de la Puerta santa en San Pedro, en razón del quincuagésimo aniversario del concilio Vaticano II, donde la Iglesia -según el deseo de Juan XXIII- renunció a las armas de la severidad para recurrir a las de la misericordia. Desde entonces, se plantea la cuestión de la actitud a adoptar respecto a este Año santo extraordinario.

¿Qué es un Jubileo?

2. En la Iglesia católica, un jubileo es un tiempo de gracia. El término tiene un origen bíblico y designa el sonido de la trompeta que inauguraba, cada cincuenta años, el día de las Expiaciones y la liberación de los habitantes del país. Las deudas eran perdonadas, los esclavos liberados, cada uno reentraba en posesión de su patrimonio, recuperando terrenos y casas (cf Lev 25, 8-17)[3]. Con la venida de Nuestro Señor, estas consideraciones terrestres cedieron el paso a la adquisición de los verdaderos bienes, los del Cielo.

Es así que, en el curso del jubileo, la Iglesia acuerda la indulgencia plenaria que consiste en el perdón, delante de Dios, de la pena temporal debida a los pecados ya perdonados[4]. Es un acto de la autoridad eclesiástica que extrae del tesoro de la Iglesia estas gracias particulares, aplicables a las almas de los vivos por modo de absolución y a las de los difuntos por modo de sufragio (canon 911). La Iglesia pide a todos de tomar mucho en cuenta (“omnes magni faciant indulgentias”) esta dispensación del tesoro de la Iglesia habiendo sido otorgada por Cristo al Pontífice romano (c. 912).

Además de buscar la remisión de las penas debidas a los pecados y enmendar la vida, el jubileo “debe hacer progresar en las virtudes y la unión con Dios” y “las oraciones a recitar en las basílicas deben hacerse por las intenciones del Soberano Pontífice”[5].

3. La razón teológica por la cual la Iglesia pide poner tanta atención a este acto de la autoridad suprema, es expuesto también por Santo Tomás de Aquino: “Las indulgencias valen, ya ante el tribunal de la Iglesia ya ante el juicio de Dios, para la remisión de la pena que queda después de la contrición, y confesión y absolución; sea que esta pena esté impuesta o no. La razón está en la unidad del cuerpo místico en la cual hay muchos individuos han sobrepasado, con obras de penitencia, la medida de sus propias deudas, y sufrieron pacientemente muchas injustas tribulaciones, por las que hubieran podido expiar una multitud de penas; de modo que la abundancia de sus méritos es tan grande, que excede la pena debida por todos los que ahora viven; y principalmente por los méritos de Cristo, los cuales aunque obran en los sacramentos, no limitan, sin embargo, su eficacia a ellos, sino que su infinitud excede la eficacia de sus sacramentos”[6].

El papa, al acordar la indulgencia plenaria del jubileo, distribuye los méritos de Cristo que son comunes a toda la Iglesia: Las cosas que son comunes a una multitud, son distribuidas a cada uno de sus miembros según la voluntad de aquél que es el jefe de ella[7]”. Él cumple un acto importante ligado necesariamente a la redención de Nuestro Señor, la cual dispensa los méritos infinitos. Un jubileo es de esta manera, y siempre, una conmemoración de la redención, lo que está significado por la apertura de la Puerta Santa[8]. El Enchiridion Indulgentiarum es formal: el fiel bien dispuesto obtiene la indulgencia “por la intervención de la Iglesia, la cual, como ministro de la redención, con autoridad distribuye y aplica el tesoro de la reparación de Cristo y de los santos”[9].

Como lo explica el Diccionario de Teología Católica, “el fundamento teológico de la práctica indulgencial es el dogma de la comunión de los santos: los méritos del Jefe y de los miembros de la Iglesia toda entera forman un solo y mismo tesoro donde, en virtud del poder de las llaves, el papa y los obispos extraen de cierta manera con qué suplir a lo que ellos remiten de la satisfacción individual. La acción de la autoridad eclesiástica, directa y por forma de absolución cuando se trata de indulgencias para los vivos, no puede ser más que indirecta y por modo de sufragio o de intercesión cuando se trata de las indulgencias en favor de las almas del purgatorio: ni el papa, ni los obispos tienen jurisdicción fuera de este mundo”[10].

4. Históricamente, la primera indulgencia plenaria llamada de jubileo, a ganar cada cien años, fue instituida en Navidad de 1300 por Bonifacio VIII. Este plazo “fue acortado a cincuenta años por Clemente VI en 1343, luego a treinta y tres años por Urbano VI en 1389”[11]. Finalmente, “Paulo II (Ineffabilis providentia, 19 de abril de 1470) fijó la periodicidad de los años santos a 25 años; Sixto IV declaró por lo tanto un Jubileo en 1475; este plazo permaneció en vigor, sin perjuicio de los jubileos extraordinarios (…). Progresivamente, el sentido del jubileo se desplazó de la simple indulgencia “plenísima” a una intención más amplia y más positiva: la renovación espiritual en el amor de Dios, la fidelidad al Evangelio, y por ello el progreso de la sociedad humana en la justicia y la caridad (Pio XII, bula Jubiloeum máximum, 26 de mayo 1949, en D.C. t. 47, 1950, pág. 3-6)[12]

“Principalmente, la constitución apostólica Per annum sacrum (25 de diciembre 1950) proclamó el carácter universal de la indulgencia jubilar, prolongada hasta el 31 de diciembre de 1951. Ya no fue indispensable efectuar el viaje a Roma, los ordinarios estaban autorizados a designar en cada ciudad episcopal, para las visitas prescritas, la iglesia catedral y otras tres iglesias u oratorios en los cuales el culto se celebre regularmente. Paulo VI, después de ser interrogado sobre la utilidad del Año santo para la Iglesia contemporánea, inscribió el año 1975 en la línea del concilio Vaticano II (décimo aniversario de la clausura de los trabajos) haciendo acentuar la metanoia, conversión interior del hombre con esta ocasión, manteniendo la declaración de indulgencia. Él instituyó un Comité central para el Año santo (10 de mayo de 1973), presidido por el cardenal Maximilien de Fürstenberg, encargado de la organización del Jubileo y que propuso una oración común a todos los cristianos, puesta bajo el signo de la reconciliación”[13].

En resumen, “el jubileo o Año santo, es una indulgencia plenaria que, por el cumplimiento de ciertas prácticas fijadas por la autoridad pontificia, asegura a los fieles en estado de gracia la remisión total de las penas debidas a los pecados, en virtud de la reversibilidad de los méritos o comunión de los santos. Entre el jubileo y la indulgencia plenaria no hay otra diferencia que una mayor solemnidad del acto (lectura de la bula de convocatoria por el papa; siguiendo la apertura de la Puerta santa), comprometiendo el poder de las llaves en su plenitud y volviendo la indulgencia más cierta en sus efectos”[14]. De esta forma, la esencia del Jubileo es el de ser una indulgencia plenaria solemne acordada por el papa en ciertas ocasiones, y consiste “no solamente en la remisión de las penas debidas por los pecados, sino también en la santificación personal”[15].

El jubileo del papa Francisco

6. El Año santo convocado por el papa Francisco es un jubileo extraordinario pues no corresponde a la periodicidad de los 25 años. La historia de la Iglesia atestigua la existencia de decenas de jubileos extraordinarios desde 1518. Los papas lo convocaban tanto para conmemorar los aniversarios de coronación o de ordenación como para conjurar los males más diversos: peligros de peste y de guerra, atentados de los Estados modernos contra la Iglesia. Por ejemplo, el papa Leon XIII convocó a un jubileo extraordinario de tres meses al principio de su pontificado[16], luego otro del 19 de marzo al 31 de diciembre de 1881[17], un tercero para el año de 1886[18]. Su predecesor convocó a cuatro[19], y su sucesor, san Pio X, organizó dos jubileos extraordinarios, uno de tres meses y medio por los cincuenta años de la definición del dogma de la Inmaculada Concepción[20], el otro de ocho meses para conmemorar la paz de Constantino[21].

7. La ocasión de la apertura de la Puerta santa es el quincuagésimo aniversario de la clausura del concilio Vaticano II, el 8 de diciembre de 1965. Es la elección de esta fecha para iniciar el Año jubilar lo que constituye una dificultad. Pero esta circunstancia no afecta la esencia del jubileo cuyo acto, ordenado a su objeto, sigue siendo la indulgencia plenaria y la santificación del pueblo fiel. Para que esta ocasión o circunstancia afecte el jubileo y lo desnaturalice, sería necesario que ésta se convierta en el objeto o el fin específico[22]. Sin embargo, las condiciones para la obtención de la indulgencia tal y como fueron enunciadas son tradicionales (oración, confesión y comunión, visita de una iglesia jubilar). En la carta de convocatoria que él le dirigió a Mons. Fisichella el 1º de septiembre 2015, el papa expresa su voluntad de que “la celebración del Año santo sea un auténtico momento de encuentro con la misericordia de Dios para todos los creyentes. Es mi deseo, en efecto, que el Jubileo sea experiencia viva de la cercanía del Padre, como si se quisiese tocar con la mano su ternura, para que se fortalezca la fe de cada creyente y, así, el testimonio sea cada vez más eficaz. En la bula de convocatoria Misericordiae vultus, la finalidad de este Año santo es idéntica: celebrar la misericordia del Padre cuyo rostro es Jesucristo (n° 1), “ser misericordiosos con los otros como el Padre lo es con nosotros” (n° 13), “permitir a los numerosos hijos alejados, reencontrar el camino de la casa paterna” (n° 18), favorecer la oración personal (n° 14), la confesión (n° 17 y 18) y las obras de misericordia corporales y espirituales (n° 15), etc.

La naturaleza del jubileo no cambia porque ella esté manchada de referencias a los textos, al espíritu o a las reformas del Vaticano II (cf. elección de la fecha de apertura en el n° 4 y estrofas ecumenistas en el n° 23), salvo que se sostenga que todo acto del papa se vuelve por el mismo hecho ilegítimo. Pero entonces es fácil manifestar que los precedentes jubileos lo eran igualmente, sin que la Fraternidad no se haya abstenido de participar en ellos. Fue suficiente tomar sus distancias respecto a las ceremonias de aniversario del Vaticano II, en las cuales no podemos tomar parte.

8. En 1975, Paulo VI se preguntaba sobre la oportunidad de convocar tal manifestación en nuestra época. Pero finalmente vinculó el Año santo a la renovación deseada por el Concilio terminado diez años antes: “La celebración del Año santo puede vincularse de manera coherente a la línea espiritual del mismo Concilio, a la cual Nos queremos dar fielmente la continuación que conviene…”[23]. En la bula de convocatoria Apostolorum limina (23 de mayo de 1974), señaló que, “diez años después del final del concilio ecuménico Vaticano II, el Año santo Nos parece que debe marcar de cierta manera la terminación de un tiempo consagrado a la reflexión y a la reforma, e inaugurar una nueva fase de construcción, gracias a un trabajo teológico, espiritual y pastoral (…) Así, en el curso del Año santo, progresos reales podrán ser llevados a cabo en la renovación eclesial y en la persecución de objetivos que, según el espíritu prospectivo del concilio Vaticano II, Nos tenemos particularmente en el corazón…” “Mientras que, desde hace más de diez años, gracias al concilio Vaticano II, una obra importante y saludable de renovación ha sido emprendida en el ministerio pastoral, el ejercicio de la penitencia y la liturgia, Nos estimamos muy oportuno que esta obra sea revisada y reciba más desarrollo (…); se seguirá su aplicación con mayor celo”. Entre los métodos a emprender, Paulo VI recordaba la fuerza del “movimiento ecuménico, al cual la Iglesia católica da tanto como puede su adhesión[24]”. Este décimo aniversario del Concilio no impidió a Mons. Lefebvre y el seminario de Ecône de ir a la gran peregrinación organizada en Roma ese año, el 24 y 25 de mayo de 1975.

9. El jubileo del año 2000 fue la ocasión de arrepentimientos indignos, de discursos de espíritu masónico, de ceremonias interreligiosas, etc.; y no se podía sostener que el papa Juan Pablo II tuviera una clara y ortodoxa explicación del misterio de la Encarnación de Cristo; él, que elaboró una teología modernista de la redención universal a partir de Gaudium et Spes 22.2. Nadie sostuvo que no se debía participar en este jubileo a causa de una falsa concepción de la Encarnación que el papa favorecía[25]. Es lo mismo en cuanto a las debilidades de la doctrina de la misericordia actualmente invocada. Además, la bula de convocatoria del jubileo del año 2000 ponía éste decididamente en fidelidad al concilio Vaticano II: la entrada en el nuevo milenio alienta a la comunidad cristiana a extender su mirada de fe hacia nuevos horizontes en el anuncio del Reino de Dios. Es obligado, en esta circunstancia especial, volver con una renovada fidelidad a las enseñanzas del Concilio Vaticano II, que ha dado nueva luz a la tarea misionera de la Iglesia ante las exigencias actuales de la evangelización. En el Concilio la Iglesia ha tomado conciencia más viva de su propio misterio y de la misión apostólica que le encomendó el Señor. Esta conciencia compromete a la comunidad de los creyentes a vivir en el mundo sabiendo que han de ser «fermento y el alma de la sociedad humana, que debe ser renovada en Cristo y transformada en familia de Dios ».(Gaudium et Spes n° 40) Para corresponder eficazmente a este compromiso debe permanecer unida y crecer en su vida de comunión ( Cf. Cart. ap. Tertio millennio adveniente, 10 de noviembre de 1994, n° 36). El inminente acontecimiento jubilar es un fuerte estímulo en este sentido”[26].

10. Por el contrario, es evidente que este aniversario de los 50 años del Concilio no puede ser un motivo de alegrías, puesto que nosotros denunciamos y continuamos denunciando los errores y el carácter nocivo de las reformas emprendidas en la Iglesia desde el Vaticano II (ecumenismo, libertad religiosa, reforma litúrgica…). Es la razón por la cual, si podemos aprovechar del jubileo extraordinario del papa Francisco para ganar la indulgencia y santificarnos en tanto que católicos romanos, no podemos participar en las ceremonias oficiales que, de todas maneras, se organizarán en torno a la nueva misa. Como en 1975. Como en el 2000.

Nuestra conducta

11. En la Carta a los Amigos y Benefactores del 24 de mayo de 2015, el Superior general de la Fraternidad San Pio X indicó claramente los pasos a seguir:
“¡Cuando las compuertas de la gracia se abren, hay que recibirla en abundancia! Un año Santo es una gran gracia para todos los miembros de la Iglesia. Vivamos, pues, de la verdadera misericordia, como nos lo enseñan todas las páginas del Evangelio y de la liturgia tradicional. En conformidad con el “discernimiento previo”[27] sobre el cual Mons. Lefebvre fundó el proceder de la Fraternidad San Pío X, en estos tiempos de confusión, rechacemos una misericordia truncada y vivamos plenamente de la misericordia cabal”.

“Tomémonos en serio este llamado a la misericordia, pero ¡igual que los habitantes de Nínive! Vayamos en busca de las ovejas perdidas, recemos por la conversión de las almas, practiquemos en la medida de lo posible, todas las obras de misericordia, materiales y sobre todo espirituales, pues son ellas las que más se necesitan”.
“En lo que a nosotros se refiere, queridos fieles, debemos aprovechar este Año Santo para pedir al Dios de la misericordia una conversión a la santidad cada vez más profunda, e implorar las gracias y los perdones de su misericordia infinita. Vamos a preparar el centenario de las apariciones de Nuestra Señora en Fátima practicando y propagando con todas nuestras fuerzas la devoción a su Corazón doloroso e inmaculado, como Ella nos pidió. Seguiremos suplicando ahora y siempre que sus pedidos, en particular la consagración de Rusia, sean por fin escuchados como se debe. No hay ninguna oposición entre estos pensamientos dirigidos a María y el Año de la Misericordia, ¡todo lo contrario! No separemos a quienes Dios quiere ver unidos: los dos Corazones de Jesús y de María, como lo ha explicado Nuestro Señor a Sor Lucía de Fátima. Cada distrito de la Fraternidad os comunicará las obras particulares a practicar para beneficiarse con todas las gracias que la Misericordia divina nos concederá durante este Año Santo. Así colaboraremos de la mejor manera posible con la voluntad misericordiosa de Dios de salvar a todos los hombres de buena voluntad.”

12. Debido al centenario de las apariciones en Fátima y de la gran peregrinación internacional que organizaremos a Portugal en 2017, si Dios quiere, la Casa general no ha previsto una gran peregrinación romana durante este jubileo de la misericordia. Pero nada impide que los seminarios, distritos y prioratos la organicen, pues es posible ganar la indulgencia del jubileo en todas las diócesis del mundo.

Conclusión

13. Es una verdad de fe proclamada por el concilio de Trento (sesión 25) que “el uso de las indulgencias es muy saludable para el pueblo cristiano[28]” y el Derecho canónico de 1917 pide que todos los católicos las tomen muy en cuenta (canon 911). Sería paradojal que, porque no queremos tener nada que ver con este concilio fallido que fue el Vaticano II, lleguemos a despreciar una verdad proclamada en el concilio de Trento ¡y alentada por toda la Tradición de la Iglesia!

San Alfonso de Ligorio dijo que: “para convertirse en santo, es suficiente ganar la mayor cantidad de indulgencias posibles[29]”. Nadie arriesga su salvación por participar en el jubileo de la misericordia, salvo si se pone en duda el poder de las llaves de las cuales Francisco es el legítimo detentador. Y “aunque la remisión de la pena se haga de un modo no razonable, el interesado, sin embargo, gana la indulgencia en su totalidad”[30].

14. La alegría del jubileo no consiste en alegrarse del concilio Vaticano II, sino de la gracia difundida por el jefe de la Iglesia, extraída del tesoro de los méritos infinitos de Cristo y de todos los santos. La gracia difundida profusamente será siempre un motivo de alegría para aquellos que están bien dispuestos a recibirla.



[1] Por ejemplo, en París las iglesias jubilares son: la catedral Notre-Dame de París, la basílica del Sagrado Corazón de Montmartre, la basílica Notre-Dame-des-Victoires, la basílica Notre-Dame-du Perpétuel-Secours, la iglesia Saint-Louis-d’Antin, la iglesia Saint Sulpice y la capilla de la Medalla Milagrosa. En la diócesis de Sion, en Valais, las iglesias jubilares son: la catedral de Sion, la basílica de Saint-Maurice, la ermita de Longeborgne, la basílica de Valère, el hospicio Grand-Saint-Bernard, y las iglesias de Martigny-Ville y de Monthey.
[2] Las intenciones del Soberano Pontífice son el crecimiento de la Iglesia católica, la extirpación de los errores, la concordia entre los jefes de Estado, la tranquilidad y la paz de todo el género humano. Cf. R. NAZ, art. “Jubilé” en el Diccionario de derecho canónico, n° 7.
[3] A. BOUDARD, art. “Jubilé” en el Diccionario enciclopédico de la Biblia, Brespols-Maredsous, 1987, pág. 693.
[4] El empleo del término de indulgencia fue precedida por el de redemtio o rescate o incluso remissio. La palabra indulgentia se impone, notablemente en 1215 en el concilio de Latran IV, c. 62. Pero “desde el final del siglo XI, la indulgencia en el sentido moderno de la palabra existe con todos sus elementos constitutivos”. Cf. E. MAGNIN, art. “Indulgencias” en el Diccionario de Teología católica, Letouzey y Ané, París, t. 7, 1992, col. 1594 y 1607.
[5] R. NAZ, op. Cit. N° 1 y 7.
[6] SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa teológica, Suplemento, q. 25 a. 1.
[7] Ibídem.
[8] El carácter ordinario o extraordinario no entran en juego y es de hecho secundario; una vez planteado por la autoridad suprema de la Iglesia, un jubileo es un acto santo y santificante, porque es un acto de Cristo y de su Iglesia.
[9] Manual de indulgencias, Lethielleux, 1969, pág. 13. Norma lo promulgado por Paulo VI en la constitución apostólica Indulgentiarum doctrina del 1º de enero de 1967: “Por la acción de la Iglesia, la cual, en tanto dispensadora de la redención, distribuye y aplica por su autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de sus santos”. Ibid. Pág. 88. “Indulgentia est remissio coram Deo poenae temporalis pro peccatis, ad culpam quod attinet, iam deletis, quam christifidelis, apte dispositus et certis ac definitis condicionibus, consequitur ope Ecclesiae quae, ut ministra redemtionis, thesaurum satisfactionum Christi et Sanctorum auctoritative dispensat et aplicat”.
[10] MAGNIN, o. cit. Col. 1594.
[11] R. NAZ, Tratado de Derecho Canónico, t. 2, Letouzey et Ané, pág. 181.
[12] R. FOREVILLE, “Jubileo” en Diccionario de espiritualidad, Beauchesne, tomo 8, col. 1483-1487.
[13] P. LEVILLAIN, art. Año santo” en el Diccionario histórico del papado, Fayard, 2003, pág, 107.
[14] FOREVILLE, op. cit. Ibid.
[15] NAZ, Diccionario de Derecho canónico, t. 6, col. 194.
[16] Breve Pontifices maximi, 15 de febrero de 1879.
[17] Breve Militans Jesu, 12 de marzo de 1881.
[18] Carta encíclica Quod auctoritate, 22 de diciembre de 1885.
[19] En 1851, en 1854 (por una duración de tres meses), en 1858 y en 1869-1870.
[20] Carta encíclica Ad diem illum, 2 de febrero de 1904.
[21] Carta apostólica Magni Faustique, 8 de marzo de 1913.
[22] Cf. SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa teológica, Ia, q.7 a.3, ad. 3; q. 18, a.5, ad 4; q. 18, a. 10 corpus y ad 1 y 2; etc.
[23] Alocución del 9 de mayo de 1973, en D.C. n° 1633, 3 de junio de 1973, pág. 501-503. La sala de prensa de la Santa Sede precisó: “El próximo Año santo, en las circunstancias presentes, adquieren una particular importancia por el hecho que coincide con el décimo aniversario de la clausura del segundo concilio ecuménico del Vaticano, que quiso ser un llamado solemne de la Iglesia a todos sus miembros para que se comprometan a una renovación profunda de los espíritus, de las estructuras y de la organización pastoral para la salvación del mundo” (ibid, pág. 504).
[24] Bula de convocatoria Apostolorum limina, del Año santo 1975, en DC n! 1656, 16 de junio de 1974, pág. 551-557.
[25] Cf. Juan Pablo II, Carta encíclica Redemptor hominis, 4 de marzo de 1979, n°8.
[26] Bula de convocatoria Incarnationis mysterium del Gran Jubileo del año 200, 29 de noviembre de 1998, en D.C. N° 2194, 20 de diciembre de 1998, pág. 1051-1057.
[27] “En la práctica, nuestra actitud debe fundarse en un discernimiento previo, necesario para la circunstancia extraordinaria que significa un papa ganado por el liberalismo. He aquí ese discernimiento: cuando el papa dice algo que es conforme a la tradición, le seguimos; cuando dice algo contrario a nuestra fe, o cuando alienta, o deja hacer algo que daña nuestra fe, ¡entonces no podemos seguirle! Y esto por la razón fundamental de que la Iglesia, el papa, la jerarquía están al servicio de la fe. No son ellos quienes hacen la fe; deben servirla. La fe no se hace, es inmutable, se transmite.” Mons. Lefebvre, Le destronaron, Voz en el Desierto, México, 2002, pág. 263. Encontramos este discernimiento previo con ocasión de la peregrinación del año 2000 bajo la pluma del Superior del distrito de Francia en Fideliter  135, pág. 1 y n° 138 pág. 2.
[28] Citada por el P. D. JOLY, en Fideliter 135 “Hacia Roma: ganar a los pies de los Apóstoles las indulgencias de salvación” 2000, pág. 10.
[29] Citado en Manual de las indulgencias, atesoremos para el Cielo, ed. DFT, 2005, pág. 6.
[30] SANTO TOMÁS DE AQUINO, Summa teológica, Suppl, q. 25, a 2 ad 1.